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COMO RECTIFICAR UNA DECLARACIÓN DE RENTA

Un contribuyente (persona natural) desea rectificar su declaración de renta aún cuando esta está en proceso de firma, ¿Puede rectificar un borrador sin necesidad de presentar la declaración oficialmente?

El documento que se genera en la plataforma habilitada por la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia) es un borrador que se podrá ir modificando las veces que sean necesarias. Cuando toda la información esta rectificada, solo con la firma electrónica la declaración quedará hecha.

Si lo que usted quiere hacer es presentar una corrección después de esto, en el artículo 589 del estatuto tributario, está establecido que para corregir las declaraciones de renta donde usted tenga que reducir el valor a pagar o ampliar el saldo a favor, deberá mostrar la nueva declaración en un plazo máximo de un año que inicia desde el momento en que se venció el término superior para la dicha presentación.

 

Tips para presentar una declaración de renta

  1. Asegúrese de que la información en el RUT sea la correcta y esté actualizada.
  2. Asegúrese de inscribir un correo electrónico en el RUT para que la DIAN lo contacte más fácilmente.
  3. Lea las instrucciones.
  4. Rectifique que la información exógena sea la correcta.

 

En Gálvez & Garrido Grupo Gerencial contamos con un grupo de especialistas que asesoraran a todos los contribuyentes y declarantes en materia de impuestos con nuestro método de consultor contable, para dar efectivo cumplimiento a sus obligaciones tributarias, con la debida información de los beneficios fiscales a los cuales puedan acogerse de tal manera que puedan minimizar su carga impositiva.

 

Contáctenos para brindarle más información sobre todo lo que usted requiera en cuanto a servicios contables, tanto personales como de su empresa.

¿CÓMO LLEVAR CORRECTAMENTE LAS FINANZAS DE SU EMPRESA?

Sabemos que ejecutar su propia empresa es gratificante pero a veces el asumir las responsabilidades de regular su negocio en el marco fiscal, jurídico y tributario puede causar una mala administración y llevar al fracaso a su empresa. Esto le puede estar pasando, por eso es necesario actuar a tiempo y contratar servicios de Outsoursing contable que le ayudarán a llevar correctamente las finanzas.

El Outsoursing en general es una tendencia mundial, los negocios están concentrándose en la esencia de sus actividades y están dejando las acciones complementarias a empresas especializadas como Gálvez & Garrido – Grupo Gerencial.

Con una asesoría contable va a poder reducir los costos del servicio financiero de su negocio, ya que los proveedores especializados en este tema permiten aplicar mejores prácticas pero sobre todo generar información confiable y oportuna.

 

¿Qué es el Outsoursing Contable?

Cuando nos referimos a este tema, se suele pensar solo en leyes e impuestos, aunque esa sea la notable aplicación, también existen otros ámbitos importantes que pueden favorecer a su empresa.

La asesoría contable actúa siempre como un colaborador del empresario, consiguiendo inclusivo, el crecimiento de la empresa. Generalmente es posible confiar al Outsoursing Contable los siguientes trabajos que le darán más tiempo para dedicarse a su empresa:

  • Diseñar y guardar todos los documentos requeridos para el registro y operación de su negocio.
  • Hacer que la empresa permanezca conforme con la legislación.
  • Montar declaraciones anuales.
  • Tener los registros de la organización conforme con los requerimientos de los órganos de control.
  • Emplear y garantizar la justa tributación de los sueldos.

 

Cada empresa tiene una necesidad particular por eso si usted desea tener asesorías contables y dejar en manos de expertos este tema, permita que en Gálvez & Garrido – Grupo Gerencial le asesoremos sobre este y los diferentes servicios que tenemos para usted y su empresa.

EL ABC DE UNA DECLARACIÓN DE RENTA

En este artículo vamos a hablar sobre las personas naturales obligadas a declarar renta, así que si usted tiene la duda o se pregunta si está o no obligado a declarar, este artículo será de gran importancia:

Lo primero que debe saber es ¿A qué categoría tributaria pertenece como persona natural? El estatuto tributario establece que si usted recibe el 80% de sus ingresos o más de una relación contractual, legal o reglamentaria, llámese contrato laboral, contrato de consultoría, nombramiento y posesión de un cargo público o contrato de prestación de servicios, usted pertenece a la categoría de empleado. Si por el contrario usted desarrolla ciencias liberales o artes liberales que requieren la utilización de insumos como manufactura de alimentos, comercio de vehículos, comercio al por mayor o por menor de bienes, actividades deportivas o de esparcimiento, usted pertenece a la categoría de trabajador por cuenta propia.

Finalmente si el 80% o más de sus ingresos vienen de la renta de capital, usted pertenece a la categoría de rentista de capital. Esta diferenciación es muy importante al momento de hacer por primera vez la declaración o actualizar su RUT, ya que en este usted debe tener un código CIUU, entonces si usted pertenece a la categoría de empleado tendrá el código CIUU de empleado y lo mismo sucederá con las otras categorías.

 

A continuación vamos a hablar de los topes mínimos para saber si está o no obligado a declarar renta:

Primero haremos una precisión terminológica ¿Qué es ingreso bruto? Y ¿Qué es ingreso neto? El primero se refiere a aquel que usted pasa en su cuenta de cobro o aquel salario básico antes de deducciones o impuestos. Ingreso Neto, es aquel que efectivamente le consignan en su cuenta bancaria o le pagan. Para efectos tributarios es importante hablar de ingresos brutos. Entonces si usted en el año 2016 tuvo ingresos brutos superiores a los $41’654.000 millones de pesos usted está obligado a declarar renta por ingresos.

El patrimonio bruto es otro tema importante aquí, ya que si usted en el año 2016 tuvo un patrimonio bruto superior a los $133’889.000 millones de pesos, usted está obligado a declarar renta por patrimonio. ¿Pero cómo se yo cuál es el patrimonio bruto? Si estamos hablando de inmuebles usted debe irse al impuesto predial que pago por el periodo anterior y buscar el valor del avalúo catastral. Si estamos hablando de vehículos, debe irse al impuesto de vehículo y encontrar cual es el valor o avalúo que le dio a ese vehículo, si usted suma todos estos valores catastrales más el de vehículo y encuentra que este supera los $133’889.000, usted está obligado a declarar renta por patrimonio.

Ahora vamos a hablar de un tema al que solemos no prestarle mucha atención y es el de compras, consumo y usos de tarjetas de crédito. Si usted al 31 de diciembre de cada año tuvo compras, consumo y usos de tarjetas de crédito por un monto superior a los $83’308.000 millones de pesos, usted está obligado a declarar renta. Otro tema que no solemos darle la importancia, son las consignaciones, movimientos financieros o inversiones financieras, si al 31 de diciembre del año 2017 tuvo este tipo de movimientos bancarios o financieros superiores a los $133´889.000 millones también está obligado a declarar renta por el periodo del 2017.

Es importante hacer esta diferenciación: Una cosa es declarar y otra cosa es pagar ya que la obligación que tienen los contribuyentes es declarar. Pagar es el resultante de la operación que se hace respecto a los ingresos y egresos que usted tuvo en ese año. Normalmente durante todo el año cuando a usted le están pagando, le aplican algo que se denomina retención en la fuente, esto no es un impuesto en sí mismo, esto es un cobro anticipado del impuesto de renta. Esta explicación es muy importante porque seguramente, a su empleador, contratante o la persona que le pagaba sus honorarios debieron darle un certificado de ingresos y retenciones. Conserve ese documento porque ahí está establecido cual es la retención en la fuente que le aplica. Ahora, si usted está declarando renta por patrimonio, debe tener a la mano, por ejemplo, sus créditos hipotecarios, los intereses que pago de esos créditos y esto le va servir para disminuir el impuesto que debe pagar en la renta, lo mismo sucede con el gravamen, los movimientos financieros y otros impuestos que le cobran por el constante movimiento de dinero en entidades financieras.

 

Si usted desea tener asesorías contables y dejar en manos de expertos este tema, permita que en Gálvez y Garrido – Grupo Gerencial le asesoremos sobre este y los diferentes servicios que tenemos.

FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL

En el artículo 207 del código de comercio se encuentran inscritas las reglas generales que debe desempeñar un revisor fiscal en todas las organizaciones. Pero ¿Quién es el revisor fiscal?

El revisor fiscal, es una persona experta para realizar informes financieros, dar un concepto y emitir las observaciones adecuadas, que permitan un buen funcionamiento en la empresa. Es quien debe elaborar un examen crítico y constante del sistema de información financiera de la organización, para ello se deben utilizar procesos y técnicas de auditoria el cual termina con una opinión autónoma sobre el estado financiero. Además de lo anterior, el Revisor Fiscal debe realizar un minucioso examen del sistema de información administrativa que tiene un control igual al del financiero.

También es importante hacer una distinción clara entre la Revisoría Fiscal y el Revisor Fiscal: la primera es el órgano de control que es permanente, el segundo es la cabeza de la institución u órgano, y  es temporal.

 

Funciones de un revisor fiscal

  1. Certificar que los ordenamientos que se efectúen de parte de la sociedad, concuerdan con las prescripciones de los estatutos, acorde a lo dispuesto por la juntas y asambleas.
  2. Según la situación, avisar de forma oportuna y por escrito a las directivas sobre las anomalías que sucedan en la labor de la sociedad y en el ejercicio de sus negocios.
  3. Revisar que las entidades gubernamentales cumplan con los requisitos de vigilancia e inspección de las sociedades, y rendir informes sobre lo solicitado.
  4. Vigilar que en las sociedades se cumpla la contabilidad y se lleven actas de las respectivas reuniones directivas, las cuales deben almacenarse correctamente junto con la correspondencia y comprobantes de las cuentas.
  5. Examinar los bienes de la sociedad de manera constante y gestionar que se tomen medidas de seguridad de manera pertinente sobre los mismos o sobre algún otro título que se tenga en custodia.
  6. Entregar las instrucciones, ejercer las inspecciones necesarias y solicitar informes para establecer un control consistente sobre los valores sociales.
  7. Permitir con su firma cualquier comprobación que se haga, acompañado con el informe correspondiente.
  8. Requerir a los directivos a reuniones extraordinarias cuando se considere necesario.
  9. Desempeñar las asignaciones que indiquen las leyes o los estatutos y las que, siendo conforme con las anteriores, le encargue la asamblea o junta de socios.

 

Casos específicos

Como ya conocemos que las funciones que deben ejercer los revisores fiscales son las estipuladas en el código de comercio, sin embargo como todo lo concerniente con reglas tienen casos especiales, hay varios entes a quienes la norma ha destinado a ejercer estas funciones. Entre las más significativas tenemos:

  • Asociaciones de autores
  • Personas jurídicas contratistas del estado
  • Funciones del revisor fiscal en las entidades vigiladas por la superintendencia nacional de salud
  • Cajas de compensación familiar
  • Cooperativas
  • Empresas comunitarias
  • Asociaciones gremiales agropecuarias
  • Empresas vigiladas por la Superintendencia de valores
  • Fondos de valores y de inversión

 

EL EMPRENDMIENTO Y LAS FORMAS DE CONTRATACION DE OUTSOURCING CONTABLE

Los contadores públicos en Colombia, y sin escapar del próximo análisis los contadores Bogotá, tienen la oportunidad en el mercado y por la naturaleza de su carrera, de desarrollar proyectos de emprendimiento, constituyendo empresas de asesorías contables y financieras.

Las empresas de outsourcing contable Bogotá y contadores independientes Bogotá pueden tener una amplia operación en diferentes sectores de la ciudad; grandes oportunidades de asesorías contables pueden encontrarse en sectores de un amplio comercio como lo es el sector de Chapinero.

Los Contadores públicos Bogotá chapinero, en su portafolio de servicios de Outsourcing contable, cuentan con un sin número de oportunidades para asesorar a clientes potenciales que desarrollan actividades en los sectores del comercio y los servicios.

Los Contadores públicos Bogotá norte, cuentan además con otros sectores potencialmente atractivos como lo son la industria manufacturera al lado de las empresas de comercio y de servicios. En esta zona, los servicios de contadores públicos son fundamentales para apoyar y ayudar a las empresas al normal cumplimiento de las obligaciones fiscales y legales.

Las firmas contables en Bogotá o las empresas de contadores en Bogotá, están llamadas a mantener una debida actualización en materia laboral, fiscal y comercial, de tal manera que los contadores públicos certificados Bogotá, presten un servicio de calidad y profesionalismo.

A su vez, cuando una persona natural o jurídica se dice a sí misma “busco contador público Bogotá”, debe contar con una debida información en el mercado que le permita acceder por medios masivos como el internet, a realizar amplios procesos de evaluación para contratar asesorías contables y tributarias Bogotá.

En el proceso de contratación y evaluación por parte de las empresas contratantes de asesorías tributarias Bogotá, a raíz de la amplia oferta, los contadores públicos se han visto obligados a replantear sus tarifas de servicios manteniendo altos costos en procesos de actualización. No se trata de ofrecer asesorías contables gratis, estamos hablando de normal competencia entre los oferentes contadores Bogotá, de tal forma que los valores del mercado encuentren un debido equilibrio planteado por la oferta y la demanda.

Por otro lado, siendo la revisoría fiscal un campo de acción de amplia responsabilidad para los contadores públicos, obliga al revisor fiscal, a mantener conocimiento actualizado en diferentes aspectos, legales y financieros, que atañen a las compañías; para un buen ejemplo podemos citar la implementación NIIF en Colombia. Estos aspectos que requieren la debida actualización, son de profunda evaluación y relevancia para las empresas y muy tenidos en cuenta a la hora de contratar los servicios de outsourcing contable.

Lo analizado anteriormente no aplica en forma exclusiva a los contadores Bogotá, también debe ser de interés a los contadores Medellín, Contadores Cali y de las demás ciudades de Colombia donde operan las organizaciones contratantes y los contadores públicos oferentes de servicios contables y fiscales.

En nuestra oferta económica, la organización GALVEZ & GARRIDO GRUPO GERENCIAL S.A.S, tiene a su servicio, profesionales en contaduría pública debidamente certificados, con amplia experiencia y un gran concepto de servicio al cliente, que, al momento de la contratación por parte de nuestros clientes, brindan plena tranquilidad y en forma posterior la debida satisfacción de haber tomado una buena elección, al momento de escoger su asesor fiscal y financiero.

Deje en manos en expertas las asesorías contables de su empresa, permítanos asesorarle sobre los diferentes servicios que tenemos para usted.

 

REGISTRO BASES DE DATOS ANTE LA SUPER INTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

El Gobierno Nacional a través del Decreto No 1759 del 8 de noviembre de 2016 amplió el plazo para que los responsables del tratamiento de la información personal en Colombia inscriban sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

Es así como los responsables del tratamiento de datos, personas jurídicas de naturaleza privada, empresas y sociedades de economía mixta inscritas en las 57 cámaras de comercio del país, deberán realizar la inscripción de las bases de datos que manejen a más tardar el treinta (30) de junio de 2017.

IMPLEMENTACION SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

A partir del 1 de junio del año 2017, las empresas públicas y privadas deben iniciar la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Para ello, antes del 30 de mayo, deben estar certificadas ante su ARL y culminar las cinco fases de evaluación, plan de mejoramiento, ejecución, seguimiento y plan de mejora e inspección, vigilancia y control.

El plazo vigente para la implementación del sistema de gestión, se establece en el decreto 042 del 12 de enero de 2017 expedido por el ministerio del trabajo

Si desea asesoramiento sobre este u otros servicios

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